Su empresa está preparada para la normativa SEPA?
El 1 de febrero de 2014 es la fecha límite para que los instrumentos de pago nacionales sean reemplazados por los nuevos instrumentos de la SEPA («Zona Única de Pagos en Euros»). A partir de esta fecha todas las transferencias y domiciliaciones que se realicen en España y en el resto de los países de la zona euro sólo serán posibles a través del régimen SEPA. Entre otras implicaciones prácticas,< afectará a la actividad comercial porque se deberá transformar o migrar los datos de las cuentas corrientes de los clientes y proveedores el nuevo código IBAN.
El 1 de febrero de 2014, marcará un antes y un después en la forma de desarrollar nuestras relaciones de cobros / pagos entre clientes y proveedores. A partir de esta fecha, todas las transferencias y domiciliaciones que se realicen en España y en el resto de los países de la zona euro serán únicamente posibles a través del régimen SEPA («Single Euro Payments Area», en castellano: Zona Única de Pagos en Euros). Además, este nuevo espacio común permitirá que todos los consumidores comunitarios disfruten de las mismas condiciones a la hora de utilizar estos mecanismos.
Adelántese a la fecha final y empiece ya a utilizar los instrumentos SEPA.
Qué es SEPA?
SEPA és la iniciativa que permet que particulars, empreses i altres agents econòmics realitzin els seus pagaments en euros, tant nacionals com internacionals, en les mateixes condicions bàsiques i amb els mateixos drets i obligacions, amb independència del lloc on es trobin.
La zona SEPA está integrada por 27 países miembros de la Unión Europea, así como por Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega y Suiza.
El proyecto SEPA hace posible que los usuarios de transferencias bancarias, domiciliaciones y tarjetas de estos 32 países dispongan de un único conjunto de estándares y normas, mejorando así la sencillez de las transacciones de pago, la seguridad y la eficacia.
Tipos de instrumentos de pago SEPA
La zona única se basa en tres instrumentos de pago:
- Las transferencias SEPA (que sustituyen a las actuales transferencias nacionales)
- Los abonos directos SEPA, en vez de las actuales domiciliaciones de recibos españolas.
- Las actuales tarjetas bancarias de pago.
Estos instrumentos de pago no diferencian entre el uso nacional y transfronterizo, cumplen estándares internacionales, están sometidos a un marco legal armonizado y permiten su proceso de forma totalmente automática.
La zona única es basa en tres instruments de pagament:
- Les transferències SEPA (que substitueixen a les actuals transferències nacionals)
- Els abonaments directes SEPA, en comptes de les actuals domiciliacions de rebuts espanyoles.
- Les actuals targetes bancàries de pagament.
Aquests instruments de pagament no diferencien entre l’ús nacional i transfronterer, compleixen estàndards internacionals, estan sotmesos a un marc legal harmonitzat i permeten el seu procés de forma totalment automàtica.
Como le afectan estos cambios a su negocio o actividad
La creación de un mercado único de pagos supone la eliminación de las diferencias entre los pagos nacionales y los intracomunitarios , por lo que todos tendrán las mismas condiciones , derechos y obligaciones , independientemente del área geográfica donde se realicen.
Sin embargo , debe tener en cuenta una serie de factores que afectarán su negocio .
Normalmente , los autónomos y pequeñas empresas no suelen tener una estructura financiera o contable demasiado complicada , por lo que la adaptación será mucho más sencilla que para las medianas o grandes empresas .
Sin embargo , antes de la implantación de este nuevo sistema a partir de febrero de 2014 , deberá realizar una serie de operaciones que permitan ajustar la contabilidad y sistema de pagos de su empresa a la nueva normativa :
1 . Deberá solicitar el IBAN a todos sus clientes , proveedores o entidades con quien mantenga una relación comercial y sustituir el código cuenta cliente ( CCC ) para el mismo, actualizando luego los datos y ficheros contables relativos a pagos y transacciones .
2 . También deberá adaptar sus documentos contables o comerciales , como facturas , a la nueva normativa , así como el pago de las nóminas de sus empleados vía transferencia bancaria . Deberá revisar y en su caso adecuar documentos comerciales tales como facturas , talones , contratos , folletos , páginas webs , etc .
3 . Deberá solicitar una autorización expresa y firmada ( un mandato normalizado ) tanto a nuevos clientes como para abonos a otras empresas en el que la autoricen a realizarlos. Tiene la responsabilidad de guardar las autorizaciones de sus clientes a fin de poder domiciliar abonos ( generar recibos domiciliados SEPA ) a través de un mandato único normalizado .
Aspectos concretos de la aplicación de los nuevos instrumentos SEPA
Resumidamente os exponemos las implicaciones prácticas para los usuarios de la aplicación del SEPA a partir del 1 de febrero de 2014.
Cuentas bancarias
Se identificarán con el código internacional IBAN (que se construye a partir del tradicional código cuenta cliente – CCC- usado en España) , mientras que las entidades bancarias se identifican mediante el código internacional BIC . Ambos códigos actualmente ya les facilitan las entidades bancarias ( extractos bancarios , aplicaciones de banca electrónica, talonarios , libretas , etc . ) , Ya partir del 1 de febrero de 2014 todas las operaciones de pago se basarán exclusivamente en estos códigos .
Por lo tanto , su número de cuenta actual de 20 dígitos evoluciona al IBAN , que cuenta con 34 dígitos , formados a partir del CCC más la identificación del país de origen y 2 dígitos de control.
Usted debería acostumbrarse a ambos códigos , especialmente el IBAN , ya que a partir del 1 de febrero de 2016 será el único código requerido . Recuerde que el 1 de febrero de 2014 es la fecha final de migración a SEPA . Contacte con su entidad para conocer los dos códigos o utilice el siguiente enlace para obtener a partir de su CCC :
http://www.sepaesp.es/herramienta/conversion.htm
Además, debe saber que su entidad ejecutará las operaciones de pago basándose exclusivamente en estos códigos.
· Plazos de ejecución: el plazo máximo de ejecución de las operaciones será de un día hábil.
· Fecha de valor y disponibilidad de fondos: en las operaciones emitidas la fecha de valor no podrá ser anterior al momento de cargo en su cuenta. Y en las operaciones recibidas, la fecha de valor no podrá ser posterior al día hábil de recepción de los fondos para su entidad, y la disponibilidad de los fondos será inmediata después de la recepción. Se aplica tanto a las transacciones nacionales como transfronterizas.
· Información sobre los pagos: si un instrumento de pago conlleva recargos o reducciones la entidad financiera deberá informar.
· Gastos compartidos: para mejorar la transparencia se estandariza que el ordenante abonará los gastos cobrados por su entidad y el beneficiario, en el caso de que los hubiera, pagará los gastos cobrados.
Asimismo, las comisiones cobradas por su entidad en relación con pagos transfronterizos serán iguales a aquellas que le cobraría por operaciones nacionales equivalentes.
· Información de los gastos: los gastos asociados a las operaciones de pago se liquidarán al margen del importe de la operación, lo que favorecerá la transparencia e información de las operaciones.
· Seguretat: el consumidor dispone de 13 meses para solicitar la rectificación de operaciones incorrectas o no autorizadas. Y salvo fraude o negligencia grave, su responsabilidad por pérdidas derivadas de operaciones de pago no autorizadas resultantes de un instrumento de pago extraviado o sustraído (por ejemplo, una tarjeta) se limitará a un máximo de 150 euros. consumidor disposa de 13 mesos per sol·licitar la rectificació d’operacions incorrectes o no autoritzades. I excepte frau o negligència greu, la seva responsabilitat per pèrdues derivades d’operacions de pagament no autoritzades resultants d’un instrument de pagament extraviat o sostret (per exemple, una targeta) es limitarà a un màxim de 150 euros.
Transferencias
La transferencia SEPA es un instrumento de pago básico para efectuar abono en euros, sin límite de importe, entre cuentas bancarias de clientes en el ámbito de la SEPA, de forma totalmente electrónica y automatizada.
A partir del 1 de febrero de 2014 todas las transferencias se realizarán conforme al código IBAN, sin que sean exigibles verificaciones adicionales por parte de las entidades.
Recibos domiciliados
- Firma de órdenes de domiciliación: como hasta ahora, porque algún emisor de recibos pueda originar el cargo de un importe en su cuenta, debe contar con su autorización expresa. En SEPA, es posible que los emisores de recibos le hagan llegar nuevos formatos para la orden de domiciliación en los que autoriza el cargo.
Sin embargo, la Ley de servicios de pago y el Reglamento 260/2012 mantienen la validez de los consentimientos emitidos antes de su entrada en vigor, así como de aquellos que se emitan durante el proceso transitorio (hasta el 1 de febrero de 2014) según el esquema de deuda nacional actualmente existente.
- Devolución de recibos: se somete a la normativa de servicios de pago, y destaca:
a) Hay un plazo máximo de 13 meses para solicitar la rectificación de operaciones incorrectas o no autorizadas.
b) El consumidor dispone de 8 semanas para devolver recibos autorizados, siempre que, cuando se dio la autorización, ésta no especificara el importe exacto y el importe supere el que el ordenante podía esperar razonablemente.
c) El plazo para que su entidad le devuelva los cargos o rechace la devolución es de 10 días hábiles.
Tarjetas
La Zona Única de Pagos en Euros (SEPA) establece un marco general en el que los titulares de tarjetas pueden hacer pagos y retirar efectivo en euros dentro de la SEPA, con la misma facilidad y comodidad que en sus países de origen.
· Xip EMV: su entidad de crédito le habrá renovado su tarjeta de débito o crédito incluyendo un chip en el nuevo modelo. Además, en los comercios, en vez de utilizar la banda magnética, se introduce la tarjeta en los dispositivos para leer el chip EMV. seva entitat de crèdit li haurà renovat la seva targeta de dèbit o crèdit incloent un xip en el nou model. A més a més, en els comerços, en comptes d’utilitzar la banda magnètica, s’introdueix la targeta en els dispositius per llegir el xip EMV.
· PIN: con la llegada del chip, en vez de la firma, en general le será requerido su número personal para autorizar la operación. Esto redunda en su seguridad, ya que su número es secreto y no le pueden falsificar la firma.


